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EL HECHO OCURRIO EN DICIEMBRE DE 2003


Ratifican perpetua para el hombre que atropelló, asfixió y quemó a esposa

Casación bonaerense confirmó la pena para un bombero que discutió con su mujer y terminó matándola de manera macabra. Así, se mantienen los delitos de "homicidio calificado por alevosía y ensañamiento".

La Cámara de Casación bonaerense confirmó la pena de prisión perpetua para un bombero que tras una discusión con su esposa, la persiguió con el auto, la atropelló y en plena ruta la asfixió, la roció con combustible y la prendió fuego viva, provocándole la muerte.

El macabro hecho -ocurrido en la localidad de Mercedes- tuvo lugar el 18 de diciembre de 2003, cuando en horas de la madrugada el hombre, producto de una fuerte discusión con su mujer, la golpeó en varias ocasiones, por lo que su esposa escapó del domicilio, en esa ciudad.

Según el fallo al que tuvo acceso Noticias Argentinas, el imputado tomó "el automóvil de la víctima, a quien embistió, dejándola malherida en el piso, tras ello, procedió a cargarla dentro del rodado, salió del predio, estacionó en la banquina a unos doscientos metros, y roció el cuerpo de la joven (que aún se hallaba con vida) y el rodado con un hidrocarburo, prendiéndole fuego".

La Sala III de la Cámara, con las firmas de los jueces Ricardo Borinsky y Víctor Horacio Violini, confirmó la pena de prisión perpetua para el hombre por los delitos de "homicidio calificado por alevosía y ensañamiento", que le había dictado el Tribunal Oral Criminal N 3 de Mercedes.

La defensa del imputado, a su vez, había apelado la condena, por estar en desacuerdo en el agravamiento de la pena, algo que fue rechazado por los jueces.

"Las fracturas que se constaron en la víctima resultaron vitales y que la muerte fue producida por un procedimiento combinado de asfixia por inhalación de monóxido de carbono y carbonización, precedida de politraumatismos", aseguraron los jueces.

A su vez, consideraron que "si el imputado expresó que la víctima se encontraba "como desmayada", ello permite inferir lógica y lícitamente su conocimiento y creencia de que aquella aún estaba con vida al momento de proceder a la quema del rodado, y si en dicha creencia la colocó dentro del rodado, roció a este último con un líquido inflamable y luego lo prendió fuego, ninguna duda abrigo en punto al dolo directo que informó el accionar del agente".

"No existe duda que tanto por el lugar de comisión del hecho, la hora, y el estado (politraumatizada) en que se encontraba la víctima, ésta se hallaba impedida de oponer resistencia o recibir ayuda de terceros, lo que equivale a afirmar que se encontraba en estado de indefensión", agregaron.

Por último, indicaron que "la alevosía no requiere necesariamente una "preordenación", dado que entiendo que ella puede verificarse por "aprovechamiento" de una indefensión preexistente o aún generada por el autor por motivos ajenos al homicidio".
 
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