YA TIENE DICTAMEN EN EL SENADO |
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Estudian crear nueva ley de armas que establecerá restricciones más duras
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Se busca reformular la normativa vigente, que data de 1973, para reducir la tenencia de armas en manos de la sociedad civil y recortar los índices de muertes. El proyecto está en condiciones de ser tratado en la Cámara Alta.
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Un proyecto que crea una Nueva ley de armas, estableciendo restricciones más severas para acceder a ellas y fijando límites a la vigencia de las licencias ya tiene dictamen en el Senado, y está en condiciones de ser tratado próximamente en el recinto.
De este modo se pretende combatir uno de los aspectos más graves de la ola de inseguridad, ya que del total de homicidios dolosos que se comenten en el país el 63 por ciento se producen mediante el uso de armas de fuego, mientras que en los robos ocurridos en el Gran Buenos Aires se las utilizó en el 78,2 por ciento de los casos.
El estudio de esta iniciativa demandó cinco años, y constituye una modificación integral de la ley de armas vigente.
El dictamen favorable fue elevado por las comisiones de Seguridad Interior y de Defensa Nacional, que presiden la salteña Sonia Escudero y la mendocina Marita Pérceval, respectivamente.
Según indicó Escudero, se trata de "cambiar el paradigma actual de seguridad nacional por una legislación que ponga el énfasis en la seguridad ciudadana", y que el objetivo "es reducir la tenencia de armas en manos de la sociedad civil, y reducir los índices de muertes por armas de fuego que son alarmantes".
Sobre la normativa vigente, que data de 1973, la legisladora dijo que "es un texto absolutamente anacrónico y desordenado en un sinfín de decretos y resoluciones del Registro Nacional de Armas (RENAR)".
Agregó que "ello provoca, entre otras consecuencias, la falta de seguimiento de las autorizaciones otorgadas. Tal es así que entre 1993 y 2004 174.874 usuarios no renovaron su licencia ni entregaron sus armas; y se estima que se perdió el control de 300 mil armas".
Entre las principales modificaciones contenidas en la propuesta, está la eliminación de la diferenciación entre armas de guerra y de uso civil, ya que "todas las armas son peligrosas".
Otro de los puntos centrales radica en la asignación de una partida presupuestaria específica para el RENAR, a través del Presupuesto Nacional, para terminar con el esquema actual de financiamiento que está atado al otorgamiento de licencias de tenencia y portación.
"A mayor cantidad de licencias concedidas, mayor presupuesto", observó Escudero, quien además acotó que hoy es administrado por un Ente Cooperador que es manejado por los fabricantes y comerciantes de armas.
"Esto debe cambiar, para asignar mayor transparencia y una verdadera autarquía al organismo", advirtió.
Para obtener la licencia habrá que se mayor de edad y demostrar capacidad psicofísica (acreditada por médicos clínicos y psiquiatras o psicólogos en instituciones públicas sanitarias), inexistencia de adicciones, carencia de antecedentes penales y de violencia familiar, idoneidad en el uso de las armas (con exámenes realizados en polígonos autorizados), conocimiento del marco legal y lugar de guarda, entre otros.
En caso de incapacidad, condena penal, proceso e inhabilitación las licencias pueden ser revocadas o suspendidas, y en el caso de perder la licencia, la persona deberá desprenderse del material "bajo apercibimiento de secuestro".
A los integrantes de Fuerzas Armadas seguridad y policiales: se las considera personas autorizadas, aunque deberán registrar (con clasificación de seguridad) sus armas portátiles, y las particulares bajo régimen común.
Para la tenencia de armas habrá que justificar la necesidad de su uso (tiro, caza o excepcionalmente seguridad, en este caso máximo dos armas), mientras que la portación se autorizará sólo en casos excepcionales.
La autoridad de aplicación seguirá siendo el RENAR, que gozará de autarquía y presupuesto otorgado por el Estado. Se admitirán los entes cooperadores pero sólo a través de entidades públicas estatales o no, mientras que hoy es financiado por la cámara de fabricantes y comerciantes.
Se determina además que haya control parlamentario, para lo cual el Poder Ejecutivo deberá elaborar y remitir un informe anual al Congreso conteniendo una serie de datos, entre ellos cantidad de fábricas de armas; de materiales fabricados; de materiales importados; de personas autorizadas y de licencias concedidas.
También se deberá precisar las adquisiciones de las fuerzas de seguridad; cantidad total de heridos y muertos por armas de fuego; estimación de costos del sistema de salud y resultado de las campañas de regularización y recolección.
Asimismo, se deberá indicar cuales fueron las sanciones aplicadas; el material decomisado a particulares, indicándose su tipo, y falta que determinó su decomiso; el material entregado por particulares para su destrucción; el material declarado excedente y el efectivamente destruido.
A su vez, el Parlamento deberá producir y dar a difusión un documento con la evaluación de las políticas de control de armas de fuego y reducción de existencias, el desempeño de los organismos de aplicación, el impacto de las armas de fuego en la producción de muertes, heridas y en la utilización para la comisión de delitos y la observancia de los criterios sobre transferencias internacionales. |
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