Bares y restaurantes limitarán la posibilidad de fumar
Comenzarán las restricciones a fumadores porteños a partir del 1 de octubre. En la Ciudad de Buenos Aires no se podrá encender un cigarrillo en los espacios que tengan superficie menor a los 100 metros cuadrados. Habrá multas a quienes violen la norma.
Desde el 1 de octubre comenzará a regir la "Ley Antitabaco" porteña, la cual impedirá el consumo de tabaco en bares, restaurantes, shoppings, locutorios, cibercafés y demás locales privados que no tengan más de 100 metros cuadrados.
El gobierno de la Ciudad intensifica su lucha contra el tabaco, que se inició en marzo de este año, cuando se prohibió el cigarrillo en edificios públicos. Por aquel entonces, se estableció que en un período de seis meses la norma se extendería al ámbito privado. Incluso algunos propietarios ya están reacondicionando sus espacios para adecuarlos a esta nueva norma.
Según los nuevos reglamentos, aquellos locales que superen la medida exigida, podrán contar con lugares para los fumadores, siempre y cuando no supere el 30% del total. De la misma manera ocurrirá en shoppings, hoteles y boliches bailables los cuales tendrán la opción de habilitar salones especiales apartados del resto de las dependencias.
La Ley no alcanzará a cárceles, neuropsiquiátricos, salones de fiesta, clubes para fumadores y tabaquerías. Pero sí se deberá trabajar para colocar sistemas adecuados de ventilación.
A partir de esa fecha también habrá otro cambio. Según la Ley, la edad mínima para adquirir cigarrillos en un comercio pasa de 16 a 18. Mientras que desde 2007, las empresas tabacaleras no podrán publicitar sus productos en la vía pública.