Son las presentaciones de La Rioja y la agrupación de abogados Gente de Derecho.
Por Canal26
Miércoles 17 de Abril de 2024 - 14:59
La Corte Suprema rechazó dos planteos contra el decreto de necesidad y urgencia DNU 70/23 del gobierno de Javier Milei.
Se trata de las acciones impulsadas por el gobierno de La Rioja y por la agrupación de abogados Gente de Derecho.
La consecuencia directa e inmediata de la resolución es que el DNU mantiene su vigencia con excepción de los capítulos que fueron expresamente suspendidos o invalidados por otros tribunales.
El máximo tribunal, por unanimidad, entendió que no había un “caso” para tratar, ante la invocación genérica de representatividad y la objeción sin que se apuntara a un hecho concreto.
“La discusión sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las leyes y, en general, de los actos de las otras dos ramas de gobierno no es por sí misma una cuestión sobre la que deban opinar los tribunales nacionales”, sostuvo la Corte.
“Sólo deben hacerlo –aclaró- cuando es necesario examinar el tema para decidir una causa que verse sobre puntos regidos por la Constitución, los tratados y las leyes nacionales, a requerimiento de parte interesada”.
El fallo no avanza sobre el contenido del decreto sino que directamente aborta su tratamiento antes de comenzarlo porque quienes plantearon su inconstitucionalidad y la forma en que lo hicieron no tienen facultad para hacerlo.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti rechazaron avanzar en el análisis del contenido del DNU porque las acciones en su contra no implican “caso concreto”, “causa” o “controversia”.
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En el caso de La Rioja, que había promovido una “una acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional” para terminar con la “incertidumbre” generada por el DNU, el tribunal refutó que “la provincia no ha puesto a consideración del Tribunal una causa, asunto o caso contencioso cuya decisión corresponda a los tribunales de la Nación”.
En el caso de la agrupación Gente de Derecho y de su titular, el ex presidente del Colegio Público de Abogados Jorge Rizzo, la Corte adicionó también una falta de representación para pedir la inconstitucionalidad del decreto.
“Ni él personalmente, ni la asociación que preside, poseen un interés concreto o sustancial en la declaración de inconstitucionalidad del DNU”, decretaron los cortesanos.
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